Vivienda habitual

¿Qué es una hipoteca?

La hipoteca garantiza a la persona que concede un préstamo la recuperación de su inversión o parte de ella vendiendo el bien hipotecado si la persona que solicitó el préstamo no pagara.

La hipoteca como derecho real de garantía se coloca al servicio del derecho de crédito para garantizar la satisfacción de este.

Si me quitan el piso hipotecado ¿ya está?

Por lo general la respuesta es no. Sino hay pacto previo la garanatia hipotecaria se une a la personal. 

Si la venta del bien hipotecado es inferior a los gastos y la deuda pendiente la persona es responsable con el resto de sus bienes presentes y futuros.

Créditos y préstamos hipotecarios ¿Son lo mismo?

No. Ambos comparten que la devolución de la deuda se garantiza con un bien hipotecado. Pero se distinguen en la operación.

En el crédito se puede disponer a voluntad del importe concedido en tiempo y cantidad (con límites).

 Mientras en el préstamo la disposición del importe total se hace en el momento de la concesión.

Normas relativas a los créditos y préstamos hipotecarios para personas físicas y vivienda

Máximo interés de demora en préstamos

«Los intereses de demora de préstamos o créditos para la adquisición de vivienda habitual, garantizados con hipotecas constituidas sobre la misma vivienda, no podrán ser superiores a tres veces el interés legal del dinero y solo podrán devengarse sobre el principal pendiente de pago. Dichos intereses de demora no podrán ser capitalizados en ningún caso, salvo en el supuesto previsto en el artículo 579.2.a) de la Ley de Enjuiciamiento Civil.»

Máximo interés de demora en un préstamo hipotecario con destino a una vivienda habitual es 3 veces el interés legal del dinero. 

¿Qué es el tipo de interés legal del dinero?

El tipo de interés legal del dinero se aplica como indemnización de daños y perjuicios cuando el deudor deja de pagar y no se ha pactado un tipo determinado. Este se fija anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Tabla interés legal

Desde el año 2016 hasta el 2020 el valor del interés legal en España ha sido del 3.00%. Así el máximo tipo hipotecario aplicable por mora para la adquisición de vivienda habitual es de 9.00% .

Tabla tipos interés legal
Año Porcentaje anual
2020 3,00
2019 3,00
2018 3,00
2017 3,00
2016 3,00
   

 

 

Bibliografía

BDE https://www.bde.es/f/webbde/Secciones/Publicaciones/PublicacionesAnuales/MemoriaServicioReclamaciones/13/4.CRITERIOS.PDF