Las secciones de crédito se ven obligadas a comunicar a la AEAT, con el modelo 181, los créditos y préstamos, y especialmente las operaciones financieras relacionadas con los bienes inmuebles.
Obligación de informar sobre operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles
Las entidades que concedan o intermedien en la concesión de préstamos, ya sean hipotecarios o de otro tipo, o intervengan en cualquier otra forma de financiación de la adquisición de un bien inmueble o de un derecho real sobre un bien inmueble, deberán presentar una declaración informativa anual relativa a dichas operaciones con los siguientes datos:
- Nombre y apellidos o razón social o denominación completa y número de identificación fiscal de los prestatarios.
- Razón social o denominación completa y número de identificación fiscal de los prestamistas.
- Nombre y apellidos o razón social o denominación completa y número de identificación fiscal de los intermediarios, si los hubiera.
- Nombre y apellidos o razón social o denominación completa y número de identificación fiscal de las partes en otras operaciones financieras directamente relacionadas con la adquisición de bienes inmuebles o derechos reales sobre bienes inmuebles.
- Importe total del préstamo u operación, cantidades que se hayan satisfecho en el año en concepto de amortización de capital, intereses y demás gastos de financiación.
- Año de constitución del préstamo u operación y periodo de duración.
- Indicación de si el destinatario de la operación ha manifestado su voluntad de dedicar dicho inmueble a su vivienda habitual.
- Referencia catastral.
- Valor de tasación del inmueble.