En fecha 17/05/2016 el gobierno catalán ha aprobada el decreto ley que modifca la ley 6/1996 de 13 de mayo de funcionamiento de las secciones de crédito de las cooperativas agrarias.
Fondo cooperativo y fondo de garantía de depósitos de entidades
El gobierno pretende reestructurar, reforzar y mejor el funcionamiento de las secciones de crédito creando un fondo; que en el caso hipotético de una liquidación, los socios deudores de la cooperativa no se vean entrampados. De hecho su objetivo coincide con el fondo de garantía de depósitos de entidades de crédito (Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre).
Las cooperativas con sección de crédito catalanas deben destinar al menos el 3% de sus saldos deudores medios mensuales en fecha 31 de diciembre de cada año.
El fondo cooperativo tendrá tres instrumentos de financiación:
a) Proporcionar garantías
b) Concesión de operaciones de financiación