Supuesta apertura de Plazo Fijo, con liquidación trimestral y duración anual con penalización por cancelación del 1% y un retribución del 4%.

La fórmula para el cálculo de los intereses retribuidos :

Ri = P.i.t/36500

Donde :

Ri = Importe de intereses devengados.
P = Principal de la Imposición. (1.000.000 ptas.).
I = Tipo de interés nominal. (4 % ).
T = días del periodo. (trimestre = 92días).
Liquidación del primer trimestre.
Ri= 1.000.000*4*92/36.500 = 10.054

Retenciones practicadas.

Ri * ircm (18%) = 10.054 * 0,18 = 1.809.

Cancelación:

Hay que tener en cuenta que debe liquidar por los días que quedan por liquidar.

Si la liquidación se hizo el 19/12/2000 (dos liquidaciones) y cancelamos el día 20/12/2000.

Tendremos por liquidación

Ri = 1(días)*4(interés)*1.000.000 / 36.500 = 110

Las retenciones practicadas será el 18 % de Ri, 110 * 0,18 = 20.

Y por cancelación.

Rc = 182(días)*1(% cancelación anticipada)*1.000.000(importe)/ 36.500 = 4986

En los contratos de plazos fijos aparece la cláusula » Si la Sección de Crédito accediese a la cancelación anticipada de estos depósito, una vez liquidados los intereses pactados hasta la fecha de dicha cancelación anticipada, se deducirá del principal del depósito un 1% anual por el periodo que medie entre la fecha de cancelación y el vencimiento del depósito, sin que esta deducción pueda exceder de los intereses devengados desde el inicio de la operación».