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Cancelación.
Cancelación ordinaria
Una cuenta de crédito se considera cancelada al vencimiento de la última amortización, si existe saldo suficiente para la última liquidación. En cualquier caso, el límite dispuesto se quedará a cero.
Si se pretende pactar una renovación, obligatoriamente se ha de disminuir el límite un 10% respecto del anterior. Si se tratara de una renovación con aumento del límite, se deberían aportar nuevas garantías.
Cancelación anticipada
Cuando el cliente solicita una cancelación anticipada se ha de tener en cuenta lo siguiente:
* el cliente lo solicita por escrito o nos firmará el recibo con la última liquidación y devolución del saldo dispuesto.
* se realiza una simulación de la cancelación anticipada para obtener una liquidación provisional y así poder confirmar la existencia de saldo suficiente en la cuenta corriente vinculada.
* el día convenido se practicará la liquidación definitiva y se cargará en el saldo acreedor disponible.
Liberación de garantías
Si la garantía es hipotecaria, el cliente ha de solicitar el otorgamiento de la escritura de cancelación de hipoteca; si la garantía es de valores o de un depósito de ahorro, se ha de proceder al levantamiento de la retención que les afecta y se dará de baja de la base de datos de garantías pignoradas.
Otras consideraciones
Excedidos
La cuenta de crédito podrá tener un excedido por los siguientes motivos:
Por un cargo de la liquidación de intereses y comisiones si su importe supera el saldo disponible
Por una disminución automática del límite si el nuevo límite es inferior al dispuesto
Por un cargo normal que supere el disponible. En este caso se requerirá la conformidad previa por parte del Director de la sección de crédito y por una cuantía máxima del 5% del límite establecido.
Tratamiento de la morosidad
Son válidas todas las consideraciones que se indican en el apartado de préstamos.
Cancelación por fallidos
Una vez ejercidas todas las acciones legales, etc., encaminadas a la recuperación de la deuda, si han resultado infructuosas se deberá presentar una propuesta al Consejo Rector para que declara este saldo como fallido